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Exoneran pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras
El Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto N° 4924, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42823 de fecha 21 de febrero de 2024, exoneró del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras los débitos que genere la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país. El beneficio fiscal de exoneración tiene un plazo máximo de un año, de conformidad con lo contemplado en el artículo 7° del decreto.
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