La vigencia del Decreto N° 4.907, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.784 Extraordinario de fecha 29 de diciembre de 2023 y relativo a exoneraciones o beneficios fiscales, fue prorrogada hasta el 31 de agosto de 2024, mediante el Decreto N° 4.967, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.818 Extraordinario del 28 de junio del presente año. No obstante, la clasificación de las mercancías en los códigos arancelarios establecidos en el Decreto N° 4.907, estará sujeta a las tablas de correlación que a tales efectos haya elaborado el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), con ocasión de la adopción de la Séptima Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.