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Fijan calendario 2025 para la contribución especial de protección de las pensiones de seguridad social
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), mediante la Providencia Administrativa SNAT/2024/000120 estableció que las personas jurídicas, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, domiciliadas o no en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, deberán declarar y pagar la contribución especial por los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial, destinada a coadyuvar en la protección especial de las pensiones de seguridad social del pueblo venezolano, de acuerdo al último dígito del Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.), en las fechas del calendario que se establece en la presente providencia administrativa, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 43032 de fecha 19 de diciembre de 2024.
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